infografia_web_peperomera2

Ocho cosas que deberías saber acerca de la música en Youtube.

Pepe Romera

Nos ha pasado a todos.

Subimos un vídeo a Youtube, con toda la ilusión del mundo. Y no nos hemos parado a pensar en que quizá esa canción que tanto nos gusta no podemos usarla libremente, y es normal, ya que los artistas que componen, interpretan y graban esas canciones también quieren comer y pagar facturas (¡qué locos!), y es por eso por lo que la industria discográfica, en colaboración con el propio Youtube, ha desarrollado una tecnología muy difícil de eludir para evitar uso indebido de material audiovisual.

¿Consecuencia? Nos salta la alarma de de copyright.

Saben lo que hemos hecho, y saben que no está bien.

Pero, ¿cómo me han pillado?

Bueno, es la típica pregunta que dirías al final de un capítulo de Scooby Doo, donde sí: en este caso eres tú el malo.

Es muy sencillo: cada vez que Google indexa algo (texto, imagen, audio o vídeo) se genera una huella digital, lo cual significa que ya tiene una referencia de cuándo (y por parte de quién) se subió ese material por primera vez. Lo que pasa con las canciones y los propios vídeos en Youtube es que esa huella digital se va comparando y chequeando continuamente, de forma que en el momento en el que hay un «match» (una coincidencia), saltan todas las alarmas.

derechos autor pepe romera
¿Cómo?, ¡pero si esta canción está comprada legalmente! Youtube, I hate you!

¿Por qué a mí? (O mejor dicho: por qué en Youtube sí y en otras plataformas no tanto)

Muy sencillo: porque en Youtube se gana dinero.

Y mucho. Es en esta plataforma de vídeos donde Google debe poner especial empeño en detectar uso fraudulento de material audiovisual. Y por cierto, que es donde más robos de contenido podemos encontrar. En el momento en el que te haces partner de Youtube, es decir, en el momento en el que te decides a ganar dinero a costa de las visualizaciones o los suscritos, ahí es cuando Youtube te mira con lupa.

¿Cómo puedo evitarlo?

A lo mejor la idea que te voy a proponer te parece un poco locura, pero… ¿has pensado en pagar por el material que compartes?

Sí, muy loco todo: pagar por el arte y la cultura. ¿Pero no es gratis todo en Internet? Bueno, mi libro sí, pero no podemos pedirle a Led Zeppelin que te permita usar «Starway to Heaven» cada vez que subes un vídeo de tu gato. Bueno, podemos pedirlo, pero será una tarea ardua complicada, ya te lo adelanto.

Lo que se suele hacer es optar por dos vías distintas:

1. Utilizar las canciones disponibles en el propio Youtube.

Oh sí: Youtube tiene miles de canciones que puedes usar libremente. En este caso te encontrarás, si decides usar este material, con tres posibles opciones:

  • Canciones libres de derechos y sin ningún tipo de compromiso. Youtube comenzó ofreciendo unas 100 canciones bajo estas condiciones. Canciones que podías descargar y utilizar en tus vídeos tantas veces como quisieras. Fantástico. Pero. ¿Qué pasa cuando ofreces 100 canciones a todo el planeta Google (antes conocido como planeta Tierra)? Que al final esas canciones se acaban repitiendo. Y las acabamos conociendo todos. No obstante es una opción muy buena, ya que están organizadas por duración, estilo, instrumentos e incluso sensaciones.
  • Canciones de libre uso si citamos al autor. En este caso si utilizamos estas canciones, ya un poco más elaboradas y actuales, sólo tendremos que cumplir una condición: copiar y pegar un texto que Youtube nos indica junto con la canción para que el trato sea justo. Ojo: lo pegamos en la descripción del vídeo. Muy muy sencillo.
  • Canciones con anuncios. Esto es lo más complicado. Por un lado tenemos las canciones más conocidas, atractivas y geniales… y por otro lado sabemos que el autor nos la está prestando a cambio de colocar un anuncio en nuestro vídeo. Sin duda es algo a tener en cuenta, ya que el trato es justo, pero… ¿nos interesa «ensuciar» nuestro vídeo con un anuncio en forma de banner?

2. Comprar canciones en webs dedicadas a ello.

Existen muchas páginas donde podemos encontrar infinidad de canciones útiles para nuestros vídeos, que pueden ser usadas y subidas sin que -en teoría- haya ningún problema. La que más se suele usar es Audiojungle, que no solo cuenta con canciones de todos los estilos, sino que también cuenta con efectos de sonido, tales como oficinas, gimnasios, salas deportivas o musicales… lo que se nos ocurra!

A mí no me la dan con queso. ¡Conozco mis derechos!
A mí no me la dan con queso. ¡Conozco mis derechos!

Pero, ¿cuánto vale una canción para mi vídeo?

Eso es lo mejor, tío Gilito. Las canciones de Audiojungle son muy baratas.

Hablo de un rango de 15 USD por cada uso. Merece la pena. De esta forma con un leve incremento del presupuesto destinado al vídeo, podemos contar con un tema que termine de ensalzar la imagen. Os digo por experiencia propia que merece la pena.

ATENCIÓN: Cuando compramos una canción por un precio irrisorio, no cometáis el error de pensar que ya os pertenece. Hay que tener en cuenta que la licencia es de un sólo uso, y que nuestra competencia podrá usar perfectamente el mismo tema musical. Si queremos «retirar» la canción como Richard Gere retiró a Julia Roberts en «Pretty Woman»… amigos, preparad la billetera.

¿Puedo tener un reclamo de derechos de autor con una canción comprada legalmente?

Efectivamente. Estas cosas pasan.

En este post podéis ver pantallazos de la reclamación que me hizo Youtube por una canción que había comprado. La sangre no llegó al río, pero fue muy desagradable comprobar que Youtube estaba colocando anuncios en mi vídeo sin mi permiso, y por supuesto, sin que yo o mi cliente se llevara ni un euro por los beneficios generados por esos anuncios.

Mi palabra contra la tuya, Youtube.
Mi palabra contra la tuya, Youtube.

¿Cómo le digo a Youtube que esa canción es de mi propiedad?

Afortunadamente, Youtube nos ofrece la posibilidad de impugnar esta reclamación a través de un sencillo cuestionario. Ojo: sencillo pero muy serio. En este cuestionario juramos, bajo pena de perjurio, que ese tema lo hemos comprado legalmente y estamos haciendo un uso lícito del mismo. Tragad saliva.

Una vez hecho esto, la publicidad desaparece y podemos empezar a monetizar nuestro vídeo. Pero ya lo sabéis para la próxima.

¿Hay alguna forma de asegurarme que no voy a tener problema con la música de mi vídeo?

Realmente no. Si usas un material que no es tuyo, como mínimo te mereces la duda sobre si te van a pillar o no. Pero por otra parte, también decirte que lo que muchos youtubers hacen es subir primero la canción para comprobar que no saltan las alarmas. En el momento en el que estás seguro de que no vas a tener problema, subes el vídeo definitivo, pecador!

derechos de autor pepe romera
Puedo prometer y prometo…

Un momento, yo me he comprado el disco, ¿no me da eso derecho a usar esas canciones en mis vídeos?

No.

Y me da un poco de vergüenza que me preguntes eso.

Vete.

Bueno no. Quédate.

A ver, lo que pasa es que cuando vas a tu tienda de discos favorita (para los más jóvenes, una tienda de discos era como iTunes pero en un centro comercial y con un señor en la puerta fumando) y compras tu disco favorito de Melendi ese artista que tanto te gusta, lo que adquieres es una copia privada, es decir, que sólo te pertenece a ti, y que por lo tanto no puede disfrutar nadie más. No puedes ponerla en tus vídeos, ni en tu documental y cobrar una entrada en la puerta. Puedes disfrutarla en tu casa, o donde quieras. Pero sólo tú y los tuyos.

Y no me hagáis hablar de la SGAE.

¡Bueno! Si has llegado hasta aquí, me alegraría el día que me dejaras un comentario con tu experiencia, tus impresiones, o con una receta de cocina o algo. Lo que surja antes.

Ei! «EL VÍDEO MARKETING ES, HOY POR HOY, LA MEJOR FORMA DE LLEGAR AL CORAZÓN DEL CLIENTE»

Comentarios

48 comentarios

  1. Este artículo me ha dado un norte y mucha información. Padre lo confieso: Yo he y he subido vídeos con música y youtube me los ha borrado. Ahora ya sé cómo hacer bien las cosas, pero como español siempre estaré tentado por la picaresca.
    Saludos y buen trabajo.

    1. Gracias Elías!

      Ciertamente vivimos en un país en el que pagar por la cultura siempre se nos hace cuesta arriba. Pero como has visto en el post, son muchas las opciones que nos permiten hacer las cosas bien. Y te aseguro que luego la sensación que te queda es mucho mejor.

      :)

    1. Gracias Álvaro, por tu comentario y por tus palabras. Un dia de estos tendremos que dar un curso juntos y lo vamos a petar.

      Un abrazo!

  2. A mi lo que me gustaría saber es cuanto dinero cuesta subir un video que has creado con una canción que has elegido de los 40 principales (Por poner un ejemplo).
    Mi interes no es monetizar el video y cobrar por visitas. mi interes es que la gente vea el contenido del video. la canción ha sido elegida bastante al azar.
    Cuanto tengo que pagar? Y a quien se lo tengo que pagar? para evitar que me bloqueen el video o el audio.
    Gracias

    1. Hola David,

      Es delicado, porque la gestión de los derechos de autor (sobre todo los correspondientes a los artistas más punteros) la llevan empresas que se dedican precisamente a evitar este tipo de cosas. Pero no te preocupes: en el propio Youtube puedes encontrar canciones «mainstream» que a cambio de colocar publicidad. Si no te importa generar ingresos para el artista en tu propio vídeo, ahí tienes la solución.

      1. Gracias por tu rápida respuesta.
        Pero mi intención era saber precisamente, de que cantidades se esta hablando.
        Es decir, si cojo una canción de BEYONCE (Por poner un ejemplo) Y quiero ponerla en mi video de forma «LEGAL» no se si me puede costar 5, 50, 500, ó 5000 euros.
        Y en el caso llegar a saber el importe, quien me los cobra? BEYONCE? SGAE? YOUTUBE?.
        Es un tema que me gustaría hacer de forma legal, pagando los derechos a quien corresponda, y no tengo ni idea donde informarme.
        De todas formas, lo dicho. Muchas gracias

      2. Estimado Pepe romera, por ejemplo si entro a http://www.youtube.com/policies y veo la política de una canción famosa que diga textualmente que se puede utilizar y se verá en todo el mundo o en algunos países o también es el caso que pueda utilizarla siempre y cuando haga una versión de la original.
        Si esto es así y se puede realizar obviamente la monetización generada por la publicidad en el ejemplo de; » un vídeo lyric» eso va directo al bolsillo del autor correcto ?? Lo que pasa es que solo quiero ganar vistas y suscriptores de momento. Le agradecería mucho la claridad que tengo respecto al tema.

        1. Hola Osvaldo.
          El contenido de autor puede variar según el representante de cada país o zona geográfica. En algunos casos la compañía que comparte los derechos en cierta zona, puede aceptar que se utilice la pieza musical o de vídeo a cambio de ellos monetizar las ganancias. Si en otra zona geográfica los derechos pertenecen a otra distribuidora – y esta tiene otra política- puede pedir que sea eliminado el audio del vídeo.

  3. Excelente info, ya que en unos dias abrire mi canal. sin embargo tengo una duda. como hago para saber cuales son las canciones que estan libres de copyright que ofrece youtube?.

    1. Hola Karen!

      Lo tienes muy fácil: aquellas que se encuentran en la parte de Youtube «Crear > biblioteca de audio» son libres de derechos, lo único que te vas a encontrar es que algunas requieres que cites a la fuente copiando y pegando un texto en el vídeo que subas. Las reconocerás porque cuentan con el simbolito de una persona al lado.

      Las que no son libres de derechos de autor las encontrarás en «Crear > Políticas de música», y las reconocerás porque los autores son famosos, tipo Justin Bieber, Rihanna, etc…

      Arreglado! :)

  4. Hola, agradezco mucho esta información porque amo la edicion, me la paso editando y creando mucho contenido asi que me gustaria poner musica buena en mis videos…pero tengo una pregunta, dices que con la pagina podemos comprar una canción pero es de un solo uso… Eso significa que si la pruebo primero en un canal diferente a ver si salta copyright, ese contaría como el primer uso así que luego no la puedo volver a usar? Es decir, si veo que no tiene copyright y ya quiero publicar el video como es ya no voy a poder hacerlo? Es que soy muy prevenida con esas cosas.

    1. Hola Isabela, gracias por tu comentario.

      Respondiendo rápidamente a tu pregunta: sólo puedes tener un vídeo en marcha con esa canción que has comprado. Esto no quiere decir que no puedas hacer «pruebas» y durante un periodo de tiempo tener dos vídeos en lugar de uno, pero ten en cuenta que si ambos están en Youtube tarde o temprano tendrás que rendir cuentas.

      Un abrazo,

  5. Hola! mencionaste que en algunas canciones solamente hay que poner un texto para especificar los detalles de la cancion. como consigo ese texto?

    1. Hola Charlie! El texto lo encuentras directamente en la zona de descarga de la canción. Al desplegar te lo indica justo debajo. Lo copias, lo pegas en la descripción de tu vídeo, y a correr. :)

  6. Hola gracias pepe esta muy bien El artículo. Quería ver si me puedes aclarar algo. Tengo mi música en cdbaby cuando subo videoclips me sale q no puedo monetizar porque se supone q mi música la monetiza cdbaby. Pero he comprobado de raramente salen anuncios. Y el otro día colgué un video sin música hablando yo y lo monetice. Y ahí si salen anuncios. La pregunta es: ¿me esta TIMANDO cdbaby diciendo que monetiza los vídeos con mi música y en realidad no lo está haciendo? Si es así como lo puedo saber y ¿puedo monetizarlos yo y que no los moneticen ELLOS? Gracias

    1. Hola Lupe, gracias por tu comentario.

      Desconozco la política de cdbaby (no los conocía hasta ahora) pero sí te diré que el que aparezcan o no anuncios depende en gran medida del usuario que ve el vídeo (en este caso tú) La mejor forma de comprobar los ingresos generados y la política de derechos es entrar en tu sesión, ir a «creator studio» y ahí comprobar Youtube Analytics.

      Siento no haberte sido de más ayuda.

      1. Ya pepe pero esto que me dices, si no me equivoco, es para los vídeos que yo misma monetizo. Pero aquellos que llevan mi música (siempre que sea música de los discos que tengo en cd baby), no los puedo monetizar, porque los monetizan ellos. Eso lo he de ver en mi perfil de la página de cdbay. Pero ya no sólo cdbaby imagino que es lo mismo con cualquier gestora de música del mismo tipo, osea las gestoras que te suben la música a todas las plataformas de streaming tipo spotify o itunes etc. Si les dices que te monetizen también la música en youtube lo hacen.. Pero ahora mismo dudo si eso es más rentable que monetizartelo tu mismo. En fin es algo que he de investigar, No te preocupes seguiré buscando quien sepa estas cosas. Porque para marear más la perdiz entra en juego SGAE, que antes no reconocía la música en youtube pero ahora ya la reconoce y te sale también el mensajito de que tu canción es una versión (ya ves es mi canción) pero ellos te dicen que esa canción ya tiene un autor sin verificar que tu eres el autor y te dicen que no la puedes monetizar y que si quieres monetizar la versión te has de partir los beneficios con el autor. En fin es bizarro, rizar el rizo vaya. Mucho jaleo. Tengo que buscar alguien que me pueda explicar estas cosas.

        1. Vaya Lupe, tienes toda la razón. Es como cuando aparcas en tu propia puerta: te pueden multar igualmente aunque sea tu puerta y tu coche.

          Es algo que todavía no he comprobado, pero tengo entendido que puedes lanzar un claim y reclamar al ursurpador todo el dinero generado con tu pieza musical. Pero como te digo es algo que solo he oído.

          Un abrazo!

  7. puedo hacer un video en youtube hablando sobre una cancion mencionando titulo e interprete ? se que no podre subir el audio como fondo ni tampoco cantarlo ni aunque sea un fragmento pero creo que si puedo hablar sobre canciones :(

  8. hola pepe, antes que nada gracias por el articulo. te hago una pregunta: en el caso de componer una música para un poema de un autor francés que falleció hace 30 años y grabarla mientras su voz en off recita su poesía, ¿sería ilícito? en el caso de publicarla y que haya derechos de autor ¿me arriesgo a algún tipo de multa o por lo general lo bajan y ya. Estoy hablando de plataformas mas musicales como spotify….
    muchas gracias!

    1. Hola Eduardo,

      Eso es lo que se llama una «obra derivada». En este caso los autores han debido dejar claro qué se puede hacer con su obra en cuanto a generar otras nuevas. Si lo vas a comercializar (por ejemplo en Sportify) desde luego que puedes acabar teniendo algún problema legal. Imagina que es un antepasado tuyo y alguien está ganando dinero con una grabación suya.

      Gracias por comentar!

  9. ¿Verdad que no es ilegal enviar canciones a mis amigos mediante correo electrónico? llevo 15 años haciéndolo.

    Por otro lado, yo creo que youtube es el mejor invento del hombre. las mejores canciones del mundo están en youtube. los usuarios deberían estar obligados a poner en el título del vídeo: nombre del cantante, grupo u orquesta, título de la canción (o tema instrumental), título de la producción (single, álbum o recopilación) y año. me pone de los nervios escuchar una canción y no saber de qué año es. poner el año debería ser obligatorio en youtube.

  10. Hola pepe que ¡buen artículo!
    Disculpa, quiero empezar a hacer vídeos en youtube, y quiero hablar de música en mis vídeos haciendo meramente recomendaciones, ¿Cuál sería mi situación, si MUESTRO el nombre de la canción y quizá el disco de dicha CANCIÓN?

  11. Hola Pepe,
    TenGo una pequeña productora y me surge una duda. Las canciones de la liBrería de YT que se consideran “Canciones libres de derechos y sin ningún tipo de compromiso.” ¿Se pueden utilizar para videos fuera de YT? Para un cliente por ejemplo

  12. Hola Tengo dos dudas sobre la musica
    .si subo un video donde pongo musica de fondo +no la agrego al video solo se escucha tiene copyright ???
    Y si DEcido poner una CANCIÓN que no tiene permiso y en la DESCRIPCIÓN del video agrego la info del video con eso ya no tengo problema????

  13. hola Pepe.
    Estoy haciendo una aplicación en la que me gustaría que la gente pudiese seleccionar una canción y esta sonase de fondo mientras hablan por teléfono o graban (solo audio).
    ¿Puedo suministrar el enlace a las canciones (Solo las que no requieren atribución) que están en la biblioteca de youtube? Es decir, ¿Puedo poner el enlace para que los usuarios de mi aplicación las utilicen?

    Gracias!

  14. Un artículo genial, sinceramente soy nueva por aquí y no tenía claro lo que iba a encontrar aquí pero es más de lo que me esperaba eres genial. Seguire echando un vistazo y sin duda te acabas de ganar otra seguidora más a tus filas.
    un cordial saludo, SANDRA.
    tENGO UN NUEVO PROYECTO SOBRE EL TRAP, ME ENCANTARÍA QUE TE PASES Y TU OPINIÓN.

  15. Hola pepe

    Tengo varios PROYECTOS de hip hop para prepararlos ,mi pregunta es me inspire en una de las letras en UNA poesia,en la cual al empezar la uso para adentrarme en mi canción me quedo para mi gusto y el de mucha gente de mi alrededor expectacular,cual seria los pasos para poder usarla sin TENEr miedo de que en algun momento pueda buscarme problemas,gracias de antemano

  16. Buenas.
    lo primero que una gran forma de explicar temas legales con cierta gracia.
    lo segundo que tengo una duda. soy estudiante universitaria y para un proyecto había pensado en añadir una frase de un tema musical que dura menos de 10 segundos. he mirado en el youtube oficial del artista y no pone nada de derechos de autor ni tiene pag web para descargar sus temas.
    qué debería de hacer en este caso?
    un saludo.

  17. Vamos a ver… Yo estoy dispuesto a pagar, soy de los que no se quedan con un céntimo de nadie, no me cuelo en las colas,
    en fín, que no me gusta la picaresca. Pero tengo un problema y es que a no ser que yo esté en la inopia, nadie me ofrece lo que necesito y es lo siguiente: Necesito acceso a toda la música del mundo pero no solo para escuchar lo que quiera, sino para poder bajármelo en mp3 y tener en mis archivos para siempre las piezas que yo desee, no las que tengan a bien suministrarme las compañías esas del «streaming». Si estoy viendo una peli o una serie y de pronto suena una melodía que quiero poseer, alzo el móvil con el «Shazam» y me dice que es bla, bla, bla… Salgo disparado al ordenador de mesa, abro you tube y SIEMPRE localizo la pieza y el intérprete, con lo que paso a descargarlos a través de uno de los conversores, algo que me lleva un par de minutos desde que oí la canción en la tele. ¡Señores, esto es fabuloso! ¡Pero no porque me haya salido gratis, sino porque no hay otro modo de que yo pueda tener esa canción que es rarísima y que la canta alguien al que conocen en su casa a la hora del cocido! ¡Bueno, pues esto se me ha terminado, porque cada vez más los conversores se niegan a convertir la música, supongo, como ustedes, que será debido a la vigilancia de los defensores de los derechos de las empresas musicales! Pero es lo que yo digo: ¿No sería posible que yo siguiera con mi labor recopilatoria, PAGANDO? Ruego información al respecto , por favor. Gracias de antemano.

    1. Hola Abelardo. Si descargas una canción sin permisos de sus autores y no has pagado para tenerla en «tu colección», entonces estás contradiciéndote en tu primer punto. Los servicios de Streaming como YouTube, Spotify, etc… Ofrecen que tú escuches toda la música del mundo en sus plataformas de forma gratis o por un pago insignificante (si valoramos todo el trabajo que lleva la producción de un tema), a cambio de que lo hagas en sus plataformas. Esto, porque aunque tú no estés pagando, la publicidad que colocan los artistas en sus contenidos cubre el gasto, que de otra forma pasaría a ti.

      Ahora, sí existe la opción para comprar las canciones que quieras y tenerlas en tu colección. iTunes, Amazon y otras tiendas digitales te ofrecen esta posibilidad, a veces, por solo $0.99 cada tema. Eso sí, para tu uso personal.

      Si deseas utilizarla para otros fines, debes comprar una licencia específica que te permita distribuir y monetizar un producto que lleve esa canción. Por ejemplo, cuando dices que escuchas una canción en una película, previamente los productores ya han adquirido una licencia para poder distribuirla en sus películas.

      Estamos en una era de datos muy importante, en la que cualquier artista que solo lo «conocen en su casa a la hora del cocido» puede distribuir su música sin tanto papeleo y contactos en grandes productoras. Plataformas como Ditto (Feature.fm) permiten que cada artista coloque sus trabajos en casi la mayoría de tiendas y plataformas de streaming. Así que seguro, en alguna encuentras ese artista que buscas y puedes comprar su trabajo.

      Saludos,

  18. Muy buen artículo, pero teniendo las canciones derechos de autor no entiendo por qué hay un montón de canales donde ponen: » la mejor música de los 80, 90 » «las mejores baladas» … y lo tienen monetizado el vídeo porque sale la publicidad.

    1. Hola María. Puede estar monetizado, pero no necesariamente ese dinero es para el autor del vídeo. Dependiendo de las productoras, pueden permitirte utilizar su música, pero a cambio ellos monetizan tu vídeo y cobran las ganancias. Y hay otros que simplemente no te lo permiten y eliminan la canción de tú vídeo. Saludos.

  19. Hola Pepe
    Tengo 2 proyectos uno de ello es mostrar vídeo de ejercicios por You Tube y ya escogí una canción para el intro del vídeo osea son uno 8 segundos de música mientra aparece mi logo y se para la música y empiezan los vídeos de ejercicios.

  20. Amigo si mi canal ofrece música para creadores de contenido con canciones libres de copyright, Youtube me podría llegar a monetizar?

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¿QUIERES QUE HAGAMOS ALGO DISTINTO?

infografia_web_peperomera-09